Pensión obligatoria para trabajadores domésticos

Empleadores del servicio doméstico deben asumir el costo pensional, incluso sin afiliación previa al ISS.

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La Corte Suprema de Justicia reafirma la obligación pensional para empleadores del servicio doméstico

En un histórico fallo, la Corte Suprema de Justicia de Colombia determinó que los empleadores del servicio doméstico deben asumir el costo pensional de sus trabajadores, incluso si no existía cobertura del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en el momento en que trabajaron. Este pronunciamiento se deriva del caso de una mujer que laboró durante más de tres décadas como empleada doméstica, pero no estuvo afiliada al sistema de pensiones, lo que originó la negación de su pensión de vejez.

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El fallo reafirma el derecho de los trabajadores domésticos a una pensión digna, independientemente de la situación histórica y administrativa en que se hayan encontrado, y establece que la omisión de los empleadores no puede justificar la falta de protección pensional.

Empleadores del servicio doméstico deben asumir el costo pensional de trabajadores no afiliados

El caso en cuestión involucra a una mujer que comenzó a trabajar como empleada doméstica en Medellín en 1970. Durante más de 4.000 días de servicio, su empleadora solo la afilió al ISS entre 1988 y 1998, y de forma parcial. A pesar de haber laborado por más de tres décadas, la mujer fue rechazada al solicitar su pensión de vejez, ya que no cumplía con las semanas mínimas de cotización requeridas por la ley.

En su fallo, la Corte Suprema subrayó que «el pago de la pensión o del aporte para su financiación no es un regalo ni una concesión, sino un derecho derivado del vínculo laboral». La sentencia concluyó que el empleador, independientemente de las condiciones históricas del sistema de seguridad social, tiene la obligación de asumir el costo de la pensión de sus trabajadores domésticos. Esto incluye a aquellos que no fueron afiliados en su momento, a pesar de haber trabajado durante décadas.

El vínculo laboral y la obligación pensional en el servicio doméstico

El pronunciamiento de la Corte Suprema es significativo porque pone en evidencia una realidad histórica: los trabajadores del servicio doméstico han sido históricamente invisibilizados y enfrentan serias dificultades para acceder a derechos básicos como el reconocimiento de pensiones. La sentencia aclara que, independientemente de los vacíos normativos previos, los derechos laborales de estos trabajadores se consolidan con el trabajo efectivo realizado.

«La omisión en la afiliación por parte del empleador no exime su responsabilidad en la financiación de la pensión», destacó la Sala de Casación Laboral, rechazando el argumento de la defensa de que la obligación de cotizar solo nació con la Ley 11 de 1988. Esta posición reafirma que el trabajo doméstico es un empleo formal que merece las mismas condiciones laborales que otros trabajos en Colombia.

Este caso es un claro ejemplo de la lucha por la igualdad de derechos laborales para los trabajadores domésticos. El tribunal enfatizó que «el simple trabajo desplegado en favor de un empleador debe tener efectos pensionales», lo que refuerza la necesidad de reconocer los derechos laborales de quienes prestan este tipo de servicios.

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Un precedente para la justicia laboral de los trabajadores domésticos

El fallo también establece un importante precedente para futuras demandas de trabajadores domésticos en situaciones similares. En este caso, la Corte resolvió que los empleadores deben calcular y asumir el aporte pensional correspondiente a los periodos no cotizados, incluso si estos no fueron afiliados al ISS en su momento. Además, la Corte también ordenó a Colpensiones incorporar los años de servicio no cotizados al historial laboral de la demandante.

Este caso subraya la importancia de la protección de los derechos laborales de los trabajadores del servicio doméstico, quienes a menudo enfrentan condiciones precarias y carecen de acceso a beneficios laborales como la pensión. El fallo invita a una reflexión sobre la necesidad de mejorar las políticas públicas para garantizar que todos los trabajadores, sin importar su oficio, tengan acceso a una pensión digna.

El Pereirano

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