Descubra cómo ciertas motocicletas en Colombia pueden eximirse del impuesto anual y ahorrar en su compra
En Colombia, uno de los gastos recurrentes que los conductores de motocicletas deben enfrentar es el impuesto anual sobre vehículos, el cual puede alcanzar hasta el 3.5% del valor comercial del medio de transporte. Sin embargo, existen opciones dentro del mercado de motos que permiten a los compradores evitar este gasto. Si está considerando adquirir una moto, es crucial conocer cuáles marcas y modelos están exentos del impuesto anual.
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Motos que se salvan del impuesto en Colombia
De acuerdo con la Ley 488 de 1998, las motocicletas con motores de hasta 125 c.c. están exentas del impuesto anual, obligando únicamente al pago de derechos de semaforización. Esta ley ha beneficiado a muchos conductores que buscan minimizar sus gastos en vehículos de dos ruedas. Aquí le presentamos una lista de algunas de las motocicletas que cumplen con este requisito y que fueron populares en el mercado durante 2023:
- AKT NKD 125: Conocida por su eficiencia y bajo costo de mantenimiento.
- Suzuki GN 125: Una opción confiable y duradera, ideal para el tráfico urbano.
- Bajaj CT 100: Popular por su rendimiento económico y robustez.
- Yamaha XTZ 125: Ideal para quienes buscan una moto versátil tanto en carretera como fuera de ella.
- Victory Nitro 125: Ofrece un diseño atractivo junto con la ventaja de la exención de impuestos.
- Honda CB 125F: Famosa por su calidad y confort en la conducción.
- Kymco Twist 125: Combina estilo con eficiencia y también está exenta del impuesto.
Estas motocicletas no solo ofrecen una alternativa económica para quienes buscan una moto eficiente, sino que también ayudan a evitar el peso adicional del impuesto anual.
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Otros vehículos que no pagan impuestos
Además de las motocicletas con motores de hasta 125 c.c., existen otros vehículos y tipos de maquinaria que están exentos del impuesto en Colombia. Estos incluyen:
- Vehículos de transporte público: Los buses y camiones dedicados al transporte de pasajeros o carga no están sujetos a este impuesto.
- Maquinaria industrial: Equipos diseñados para labores industriales que no están destinados a circular por vías públicas.
- Equipos de construcción: Maquinaria como cargadores, tractores sobre orugas y motoniveladoras, que se utilizan en la construcción de vías públicas.
- Tractores y maquinaria agrícola: Herramientas esenciales para la agricultura, como trilladoras.
- Automóviles para personas con discapacidad: Los vehículos adaptados para personas con discapacidades están exentos del impuesto.
- Vehículos con más de 30 años de antigüedad: Autos clásicos que no se usan para transporte regular.
- Vehículos de uso oficial: Incluye aquellos pertenecientes a la administración pública, Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
La exención de impuestos puede representar un ahorro significativo a largo plazo para los propietarios de motocicletas y otros vehículos. Al considerar la compra de una moto, es aconsejable evaluar estos detalles para optimizar su inversión y reducir gastos imprevistos.