Registraduría establece plazo para listas de jurados de votación

Las empresas públicas y privadas e instituciones educativas tienen hasta el 10 de abril para enviar las listas, mientras que los partidos y movimientos políticos tendrán plazo hasta el 19 de abril. La Registraduría verificará que las personas cumplan con las calidades exigidas por ley y hará un sorteo para la designación final de jurados de votación.

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La Registraduría estableció el plazo para la presentación de las listas de personas que prestarán el servicio de jurados de votación. Los jurados son para las consultas interpartidistas del 4 de junio de 2023.

Para las empresas públicas y privadas e instituciones educativas, el plazo vence el lunes 10 de abril. Mientras que para las agrupaciones políticas, será el 19 de abril.

Una vez recibidos los archivos con las listas de ciudadanos, la Registraduría verificará que las personas cumplan con las calidades exigidas por ley para prestar el servicio. Es importante recordar que los nominadores o jefes de personal que omitan relacionar a empleados o trabajadores aptos para ser nombrados como jurados de votación, serán sancionados con multas o destitución del cargo, según la Ley 163 de 1994.

El 20 de mayo, 15 días antes de la jornada electoral, será la fecha límite para la realización del sorteo y publicación de listas de jurados de votación. La Registraduría Nacional del Estado Civil hizo un llamado a la ciudadanía para cumplir con los plazos y colaborar en el proceso electoral.

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